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Dimecres, 27 de juliol de 2011
Noticias generales

“La extranjería incide de una manera transversal en todas las materias”

Palma, 27 de julio de 2011

La abogada experta en inmigración, Margarita Palos, explica detalladamente el nuevo Real Decreto 557/2011 sobre extranjería
El controvertido y actual tema de la inmigración fue tratado en la sede corporativa del Il.lustre Col.legi de Graduats Socials de les Illes Balears por la experta ponente Margarita Palos, abogada especialista en extranjería. “Cuando me llamaron para realizar esta conferencia me quedé preocupada ya que no creo que nadie domine todo el tema de extranjería”. Así comenzó esta letrada la conferencia tras ser presentada por el vocal de la Junta de Gobierno del colegio José Javier Bonet, que recalcó la importancia de esta jornada, enmarcada dentro las actividades de la escuela de prácticas profesional y patrocinada por la entidad colaboradora: Prevención de Riesgos Laborales Arxiduc. “Es un tema que a todos nos preocupa dado que está de actualidad en los últimos años y cuya reglamentación ha cambiado sustancialmente”, señaló Bonet.

Margarita Palos se refirió principalmente al Real Decreto 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009. “Es extremadamente denso. Es un texto que creo que poca gente domina. Yo tampoco. Es densísimo, repito, y cada vez que te lo lees vas viendo nuevas cosas. Con este texto hay que estudiar y mucho. Corre el peligro de que desbanque a profesionales. Es decir, es una cuestión extremadamente seria que toca muchísimas cuestiones”, explicó, y recalcó: “Tengan especial cuidado con el tema sancionador, aunque creo que ustedes no tendrán problemas ya que están acostumbrados a él, y el de relacionales laborales, permisos de trabajo, modificaciones. Esto es un mundo aparte”. Esta abogada ejerciente está convencida de que esta nueva reglamentación no dejará a nadie indiferente. “Provocará ríos de tinta, seguro, pero es una cuestión que no queda más remedio que arremangarse y dedicarle todo el tiempo que sea necesario. Además, tengan en cuenta que difícilmente se encontrarán a alguien que te diga domino perfectamente el Real Decreto 557 porque de alguna manera está mintiendo o es un superdotado, que no es mi caso”, dijo.

Palos antes de referirse a la nueva reglamentación realizó una pequeña introducción: “La última modificación que tuvo la conocida Ley de Extranjería fue la Ley Orgánica 2/2009 donde incorpora el derecho español a las distintas directivas que se desarrollan en el Real Decreto 557/2011. Con la entrada de este Real Decreto, el 30 de junio de 2011, queda derogado el 2393/2004, conocido hasta ahora como Reglamento de Extranjería”.

“A partir de ahora habrá que acostumbrarse y, mucho, a la consulta de los textos comunitarios. Es imprescindible porque el legislador y el gobierno han cometido errores, que luego se dilucidarán en los tribunales, pero hay que estar atentos”, expuso. Margarita Palos se refirió al enfoque de esta nueva normativa. “La directiva de residentes de larga duración básicamente lo que pretende es igualar de alguna manera y conseguir el máximo nivel jurídico para los residentes de larga duración, aquellos que llevan más de cinco años en territorio europeo. Luego ya veremos que hay una larga duración permanente que es la antigua residencia permanente y una larga duración que incorpora ahora la directiva. Preveo una gran letigiosidad en los tribunales respecto a estas dos, la larga duración y el tema de la reagrupación familiar, principalmente por las grandes exigencias que hay”, manifestó.

“Como Graduados Sociales no debéis de perder de vista la normativa, que ha ocasionado un gran revuelo, y las reformas laborales de la directiva de normas mínimas ante sanciones a empleadores de irregulares”, incidió. “El acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos es un tema muy importante porque nos exige un registro especial. Tendremos que acreditarnos en lo que llaman ellos la sede para poder ser notificados de los procedimientos administrativos. No seremos notificados por carta, sino los profesionales tendremos obligación de acudir a la sede electrónica. Va a determinar una serie de exigencias. Aún resta desarrollarse completamente pero esta es una de las modificaciones que nos va a afectar”, dijo, y alertó: “Ojo al tablón edictal, no sabemos cómo va a quedar. Parece que desaparece la notificación en el BOIB. Parece que nos quedamos como un poco colgados en el tablón edictal de resoluciones de extranjería”.

Sobre la polémica reagrupación familiar, Palos comentó: “En este real decreto, por eso les decía que nos tendríamos que poner a estudiar, es fundamental el conocimiento de determinadas instituciones jurídicas, no ya en la reagrupación familiar sino en todas las figuras que aparecen en el reglamento. Es necesario que tengamos una idea de qué es el matrimonio, la poligamia, el divorcio, el contenido del convenio regulador; y en menores, la patria potestad, tutela, adopción. Sobre todo porque tendremos que dar en España eficacia a figuras jurídicas de otros países, como Iberoamérica. Allí es donde tenemos problemas. Por ejemplo, no es lo mismo la tutela en España que en Perú. No es igual la guardia custodia en Colombia que aquí. Entonces es aquí donde hay la enorme dificultad a la hora de validar esos documentos en España porque el contenido jurídico no es el mismo. Esta cuestión va a dar problemas, seguro”. Para la experta en extranjería, una cuestión importante es “la facilitación de la entrada de los ciudadanos que se relacionan con ciudadanos comunitarios pero que no están incluidos en el ámbito de aplicación del 240”. “Aquí entra la simple pareja de un ciudadano residente de un nacional de un tercer país. Por ejemplo, ser la pareja de un ciudadano de un estado no miembro de la Unión Europea ni parte en el acuerdo socio-económico del espacio europeo bastará si mantiene una relación estable debidamente probada”, explicó.

Luego recalcó que las pruebas en extranjería son “vitales”. “Hay que aportar documentos contrastados. Y así ya nos empezamos a relacionar con notarios y jueces de otros países. La extranjería incide de una manera transversal en todas las materias. No se escapa de ninguna materia, sea una cuestión de derecho laboral, sea civil, penal, penitenciario, matrimonial”. Margarita Palos, que desgranó el extenso Real Decreto 557/2011, no dudó en contestar a la numerosas preguntas que tuvieron los colegiados a la finalización de la conferencia.