Dilluns, 9 de gener de 2012
Noticias generales
“La nueva Ley 36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, es el último escalón de una serie de normas que han pretendido reformar el mercado laboral”
Palma, 9 de enero de 2012
El catedrático de Derecho del Trabajo y Seguridad Social Tomás Sala explicó la nueva regulación de la Jurisdicción Social
La exposición, que tuvo una gran acogida entre los colegiados, que llenaron la salón de actos de la sede corporativa, y que contó con el patrocinio de Arxiduc Servicio de Prevención, fue presentada por el presidente de los Graduados Sociales de Balears, Francisco Navarro. “Es para nosotros un placer y un lujo contar con un gran ponente y un gran experto en esta materia”, dijo Navarro, que añadió: “Ha estado aquí ya en varias ocasiones y siempre ha sido una gran satisfacción poder escucharlo”.
“La nueva Ley 36/2011 es el último escalón de una serie de normas que han pretendido reformar el mercado laboral a cargo del gobierno”, dijo Tomas Sala en sus primeras palabras a los presentes. Para este catedrático esta ley “mantiene la misma estructura que deroga”. “Además, y perdónenme por la expresión, es insufrible o muy difícil de leer ya que ha engordado la falta de capacidad de síntesis”, matizó.
Para Tomas Sala esta ley llega en el momento “más inapropiado” y en una época en la que “no hay medios”. Sin embargo, este ponente augura una “larga vida” a esta reforma por la manera con la que se ha hecho. “Ha habido un total consenso social, lo que hace predecir una larga vida. Todo esto teniendo en cuenta todas las variaciones que sufrirá con el paso del tiempo”, apuntó. Sala ve dos claros objetivos en esta ley: “La racionalización de las competencias entre los ordenamientos y la creación de medidas para agilizar la ejecución y elaboración de la jurisdicción”.
Adentrándose en la materia, Tomas Sala dijo desconocer si esta nueva ley clarifica las competencias de las jurisdicciones. “No sé si lo logrará. Lo dejo abierto”, recalcó. Desveló que el nuevo texto recoge todas las cuestiones relacionadas con los riesgos laborales, así como el de las reclamaciones de responsabilidad civil. “En la jurisdicción social esas reclamaciones era objeto de numerosas disputas”, señaló.
Este profesor manifestó que no entendía que la “extraordinaria” complejidad de esta ley no hubiera modificado en absoluto la personalidad del trabajador sin asistencia técnica. “Sin embargo, los procedimientos extrajudiciales están presentes en toda la ley”, expuso.
Para Tomás Sala, una de las novedades más significativas está en los recursos de unificación de doctrina. “La doctrina de contraste se amplia enormemente. No sé qué efectos tendrá pero sí puede influir en el volumen de casación, y eso puede ralentizar el Tribunal Supremo”, opinó.
Este gran conocedor del derecho en el Trabajo, destacó punto por punto todo lo que él consideró que variaba el procedimiento jurisdiccional, además de ofrecer su parecer al respecto. Después acogió y respondió las preguntas que los colegiados le formularon.