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Dimecres, 2 d'abril de 2008
Noticias generales

La tributación por módulos, al descubierto

Jesús Murillo explicó detalladamente la tributación por el régimen de módulos

Las diferentes peculiaridades, dudas y legislación de la tributación de las pequeñas empresas bajo el régimen de módulos, fue detalladamente explicado por el técnico de Hacienda Pública, Jesús Murillo, en la conferencia desarrollada en el Il.lustre Col.legi de Graduats Socials de Balears. Esta conferencia, seguida por numerosos colegiados y personas vinculadas al colegio, fue la continuación de la comenzada el pasado 20 de febrero y que no se pudo acabar por la premura de tiempo y por el éxito que tuvo.
Murillo, en un lenguaje claro y directo, volvió a dejar claro a los presentes que es muy importante a la hora de tributar saber si debe de hacer por el régimen de módulos o están excluidos de él. “Si se equivocan les traerá seguro muchos problemas”, dijo.

Este funcionario, que iba respondiendo a las diversas preguntas que se iban generando en el transcurso de la conferencia, empezó con el apartado del cálculo del rendimiento neto en el régimen de estimación objetiva del IRPF, en especial el cómputo del personal no asalariado. “Es la parte más conflictiva y el parámetro que más peso tiene”, reconoció, y dijo: “En la estimación objetiva sólo se puede aplicar el coeficiente lineal”.

En las reglas de amortización volvió a aparecer el apartado de los vehículos, un punto considerado por Murillo como “uno de los que más dificultad entraña”. “La norma está clara. Los vehículos si son simultaneados no son amortizables. Luego, claro está, es que la administración lo pueda probar y que el cliente lo acredite. Y no cabe la amortización parcial, o es el 100 por cien o nada”, recalcó. También salió el tema del valor suelo que dijo que no es amortizable.

La conservación de la factura salió a relucir en la conferencia cuando este técnico se refirió a que sin ella no se puede amortizar. “Lo que está claro es que si no hay factura de la adquisición no hay amortización. Y a los 4 años no lo tiren todo ya que si aún se amortiza pues se necesitará la factura”, especificó, y señaló la importancia de registrar la amortización que se lleva a cabo. Al respecto, dijo que en el sector en el que suele haber más problemas es el de albañilería. “Es problemático. Y tengan en cuenta que el que se beneficia de supuestas facturas falsas no es el hombrecillo que vive en una barriada humilde. No es el modulero, son las empresas destinatarias. Por desgracia es una práctica común y no entendemos porque no se acaba con ello”, comentó.

En el apartado de los índices correctores aplicables subrayó: “No se puede simultanear más de un vehículo en empresas de pequeñas dimensiones”. “Están los especiales y los generales. Uno favorece a las microempresas y el otro aboga por la creación de nuevas”, añadió.

Murillo sugirió a los presentes la importancia de las fechas a la hora de darse de alta. “Hay que tener cuidado al dar de alta a un cliente. No es lo mismo a efectos fiscales darlo de alta el 20 de diciembre, por ejemplo, que en enero. Si lo haces en el mes de diciembre vas a perder un 20 por ciento de reducción”, explicó. Lo último que dijo sobre el IRPF fue que la obligación de retener es del retenedor.

El cálculo de la cuota derivada del Régimen Simplificado del IVA fue también explicado por Murillo. Hizo especial hincapié sobre qué IVA soportado se puede deducir. “Sin la factura, que es un requisito formal y el billete de entrada, no puedo hacer nada. Sin embargo, el hecho de tener la factura no implica tener carta blanca ya que ésta debe de cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, que pertenezca a tu actividad”, apostilló. En cuanto a la factura rectificativa, Murillo dijo que siempre debe de llevar la fecha de cuando se hace. También indicó que los bares no se pueden deducir el IVA que pagan por el tabaco.

Los asistentes preguntaron por las deducciones en el IVA por vehículos. “Si está afecto a la actividad me podré deducir el 50 por ciento, aunque lo tenga dos días. Si quieres más del 50 por ciento lo tienes que acreditar. No vale cualquier cosa, tiene que estar afecto. Por ejemplo, no nos vale que una peluquería quiera deducirse la comprar de un coche 4x4”, señaló, y añadió: “Se llegó al acuerdo del 50 por ciento debido a la controversia que había. Ni para unos ni para otros, una cosa intermedia”.

Jesús Murillo finalizó la conferencia disertando sobre las obligaciones formales, los libros de registro y facturación y los modelos de declaración. Al acabar con la explicación respondió a las preguntas que le formularon los asistentes.