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Dilluns, 9 de juny de 2008
Noticias generales

El Govern fija festivos comerciales al margen del consumidor, según el TSJB

Diario de Mallorca, 9 de junio de 2008

La sentencia declara nulo el calendario del año 2006, que incluye días contemplados también para el actual ejercicio


F. GUIJARRO. PALMA. El Tribunal Superior de Justicia de Balears (TSJB) ha declarado nulo el calendario de festivos con apertura comercial que el Govern fijó para 2006, al considerar que varias de las fechas que incluye no tienen demostrado su interés para los consumidores. Aunque esta resolución hace referencia a las fiestas de hace dos años, su relevancia radica en que algunas de las jornadas que se declaran nulas coinciden con las que se han marcado para el presente ejercicio. La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJB respalda las teorías defendidas por la patronal de grandes superficies comerciales (Anged), que históricamente ha venido recurriendo la lista de festivos con actividad comercial permitida, al considerar que su composición viene marcada exclusivamente por los criterios defendidos por las patronales isleñas de este sector, Afedeco y Pimeco, contrarias a que los establecimientos comerciales tengan que abrir en jornadas no laborables, salvo excepciones muy puntuales.

Fechas coincidentes

En entonces conseller del ramo, Josep Juan Cardona (PP), autorizó para 2006 la apertura para el 29 de enero, 13 de abril, 21 de mayo, 25 de junio, 15 agosto, 24 de septiembre, y el 8 y el 24 de diciembre. Según la asociación de grandes superficies, las cuatro jornadas comprendidas entre mayo y septiembre no tienen el menor interés comercial. Y al menos dos de ellas son prácticamente idénticas a las que aparecen en el calendario fijado para 2008 por la nueva responsable de este departamento, Francesca Vives (Bloc), como son el 15 de agosto y el 21 de septiembre, a los que se suman durante este ejercicio el 27 de enero, el 1 y el 20 de marzo, el 1 de noviembre, y el 6 y el 21 de diciembre. Desde el TSJB se recuerda que la ley estatal de horarios comerciales exige que los festivos con apertura que fijen las comunidades autónomas "deberán atender de forma prioritaria al atractivo comercial de dichos días para los consumidores". Y en la sentencia se pone de relieve que la Conselleria no presentó ningún estudio que exprese la opinión de estos últimos o un informe en el que se plantee las causas que derivaron en la elección de las fechas que se cuestionan.

Descontento

Además, se recuerda que durante la reunión del Consejo Asesor de Comercio los propios representantes de los consumidores expresaron su descontento con el calendario propuesto, a pesar de que finalmente optaron por aceptarlo.