USUARIS REGISTRATS
USUARIS REGISTRATS

NOTÍCIES

NOTÍCIES I NOVETATS

Dimarts, 19 de maig de 2009
Noticias generales

“Los contribuyentes encontrarán plenas facilidades para presentar la renta 2008”

Palma, 19 de mayo de 2009

El técnico de Hacienda Pública Jesús Murillo explicó las novedades más importantes de la Renta 2008, del IRPF 2009 y del IVA
El Il.lustre Col.legi Oficial de Graduats Socials de les Illes Balears consciente de la importancia de los temas fiscales, máxime tras la apertura a principios del mes de mayo de la Campaña de la Renta 2008, organizó con notable éxito una jornada informativa sobre las novedades de la mencionada campaña, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) 2009, del IVA y del Régimen de Módulos. La jornada volvió a ser impartida por Jesús Murillo Ballesteros, técnico de Hacienda Pública, ponente que instruyó de manera clara y concisa y que dejó una información detallada sobre la materia.

“La Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) prevé que se presenten 19 millones de declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), lo que supone un incremento del 1,6 por ciento en comparación con el año anterior. Esto da a entender el enorme calado que significa esta campaña”, anunció este ponente, que señaló que no hay que tener miedo a todo lo concerniente a temas fiscales. “Piensen que el plazo para presentar las declaraciones de la renta se extenderá hasta el próximo 30 de junio y que se reducirá al día 23 en caso de que se domicilie el pago”, advirtió.

Murillo, en un tono muy coloquial y directo, entró enseguida en materia y dijo: “2009 presenta numerosas novedades tributarias, fruto en su mayoría de varias disposiciones aprobadas a finales de 2008”. El ponente enumeró y repasó una a una las modificaciones que hay. “A partir del 1 de enero de 2009, el contribuyente con retribuciones del trabajo inferiores a 33.007,2 euros y que destine cantidades a la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena por la que tenga derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, podrá comunicar a su empleador que le reduzca en dos puntos porcentuales el tipo de retención que soporta su nómina”, comunicó y añadió: “Esta opción no se permite para los sujetos que pagan cantidades por construcción o ampliación de vivienda o realizan depósitos en cuentas vivienda”.

Este experto en temas fiscales señaló que sigue en vigor la deducción de 400 euros anuales en la cuota IRPF. “Se mantiene para el 2009. Esta cantidad debe ser tenida en cuenta en la base de cálculo del tipo de retención a fin de poder disfrutar de dicha deducción de manera anticipada, minorando el importe de la retención soportada”, manifestó.

Murillo dijo que con efectos 1 de enero de 2008 se elimina tanto el gravamen como la obligación de presentar declaración por dicho impuesto. “Esto significa que el próximo junio de 2009 no habrá que presentar declaración correspondiente al Impuesto sobre el Patrimonio del 2008. La eliminación surte efectos en todas las Comunidades Autónomas”, relató, y dejó claro que la desaparición de la obligación de declarar no implica que la Administración renuncie a la información tributaria que hasta ahora venía obteniendo.

En cuanto al IVA, Murillo apuntó: “Uno de los cambios más relevantes en el programa de medidas de impulso a la actividad económica aprobado por el Gobierno, constituye la generalización del sistema de devolución mensual de IVA, que hasta ahora sólo se aplicaba en el régimen de exportadores. Como requisito necesario, se exige la inscripción en el registro de devolución mensual durante el mes de noviembre del año anterior a aquel en que deba surtir efectos”.

Este ponente avisó a los presentes que a partir de 2010 la declaración por vía telemática será obligatoria para todas las empresas, estén o no en este régimen de devolución mensual. Luego enunció varias modificaciones más como que el empresario o profesional que haya emitido una factura y transcurra un año sin haberse producido el cobro total o parcial, podrá reducir la base imponible del impuesto, en las condiciones previstas legalmente. Hasta ahora se exigía una demora de dos años. La introducción de un crédito fiscal consistente en poder aplicar libertad de amortización con mantenimiento de empleo sobre las inversiones en elementos nuevos del inmovilizado material y las inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas, puestos a disposición del sujeto pasivo en los períodos impositivos iniciados dentro de los años 2009 y 2010. La deducción por investigación, desarrollo e innovación tecnológica. “Esta medida es para adaptar nuestra legislación a las disposiciones de la Comunidad Europea, de tal forma que con efectos para los períodos impositivos iniciados a partir de 1 de enero de 2008, la deducción se aplica de igual manera a las inversiones realizadas en territorio español como a las ubicadas en cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo”, apuntó. Jesús Murillo explicó que el borrador es uno de los principales instrumentos que ofrece la Agencia Tributaria como servicio de asistencia para los contribuyentes. Hasta abril, ya se habían solicitado 16,3 millones de borradores y se habían confirmado 1,6 millones (59,6% más), y la previsión es que más de 17 millones de contribuyentes lo soliciten durante esta Campaña. “Cuando el contribuyente solicita el borrador, la Agencia Tributaria analiza sus circunstancias y, si reúne las condiciones fijadas por ley, envía el borrador por correo al domicilio del contribuyente, a no ser que éste lo hubiera solicitado por internet con certificado de usuario, en cuyo caso accederá al mismo a través del ordenador”, dijo.

Como novedad, este año la Agencia Tributaria ha informado en las cartas que acompañan al borrador sobre algunos de los datos que pueden no estar recogidos en el mismo para que el contribuyente los tenga en cuenta a la hora de revisarlo, como circunstancias personales o familiares, cuotas sindicales y temas relacionados con la vivienda. El plazo para confirmar el borrador comenzó el 1 de abril y se extenderá al 30 de junio, mientras que el periodo de tiempo para solicitarlo finalizará el 23 de junio y para pedir cita previa acabará el 29 de ese mismo mes. Por último, señaló que la Agencia Tributaria ofrece otros servicios de asistencia e información durante la Campaña de Renta, como la página web del organismo (www.agenciatributaria.es), desde donde el contribuyente puede pedir, modificar y confirmar el borrador, así como pedir o anular la cita previa y descargar el programa; y un número de teléfono para pedir automáticamente el borrador o la cita previa (901 121 224), así como con dos números de teléfonos para hablar con un operador (901 200 345 para borradores y 901 223 344 sobre citas previas) y uno sobre información tributaria (901 335 533).