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Dimecres, 2 de desembre de 2009
Noticias generales

“El concurso de acreedores es un proceso formalista”

Palma, 2 de diciembre de 2009

El magistrado Víctor Fernández explica en conferencia los aspectos laborales cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia
El Il.lustre Col.legi de Graduats Socials de les Illes Balears, consciente de la problemática económica que padece actualmente la sociedad mundial, circunstancia que afecta a muchas empresas y trabajadores, organizó bajo el patrocinio de Thomson Reuters Aranzadi una conferencia sobre los Aspectos Laborales del Concurso de Acreedores. El ponente fue una de las personas más preparadas y expertas en la materia en Balears, el magistrado y juez del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Palma de Mallorca, Víctor Fernández González. El presidente de los Graduados Sociales de las Illes Balears, Francisco Navarro, fue el encargado de abrir la conferencia presentando al ponente. Navarro tuvo grandes elogios hacia Víctor Fernández. “Siempre quedan sombras y dudas en el farragoso tema del concurso de acreedores. Por eso hemos invitado a unas de las personas que más sabe de esto ya que interviene diariamente en este tipo de situaciones”, dijo Navarro. Víctor Fernández empezó agradeciendo a los presentes la invitación formulada y enseguida reconoció que “soy yo el que tiene grandes dudas por la trayectoria que llevamos”. “Les diré qué soluciones doy yo, y que no son absolutas”, añadió. “El concurso de acreedores, que como todos ustedes saben es el procedimiento legal que se origina cuando una persona física o jurídica deviene en una situación de insolvencia, es un proceso formalista. Así como suena. Vengo de lo civil, y las formas son muy importantes. Tengan ustedes en cuenta que el proceso concursal no sólo es un expediente. Son tomos y tomos”, señaló, y prosiguió: “Un ejemplo es el caso Drac que tiene 200 tomos y más de diez mil folios. Por eso, repito, las formas interesan, aunque no es lo esencial, sino el contenido. Rigen los principios laborales”. “El Concurso es, por tanto, un procedimiento ideado para paliar los probables efectos nocivos de la insolvencia, tanto de un empresario, como de un particular. Se trata, fundamentalmente, de organizar la contabilidad del concursado para conseguir que el mayor número de acreedores cobren lo máximo posible. Se intenta proteger a los trabajadores que, habitualmente, son los más débiles en esta tipo de situaciones”, apuntó. Este ponente expuso la problemática que en ocasiones suscita saber qué juzgado tiene competencia sobre el proceso concursal. “A los jueces de lo mercantil nos consideran invasores. Yo no me considero un intruso, la verdad. Los jueces de lo Mercantil sólo chupamos de unas materias, nada más”, manifestó. También reconoció la diferencia, especialmente para los trabajadores, de si el proceso lo lleva una jurisdicción u otra. “En Mercantil los juicios son un mes vista, en Laboral son seis meses. Qué significa esto, pues que el trabajador pide que lo lleve el Mercantil. Sin dudarlo. Una cosa sí que es clara, no se puede aceptar si el juzgado no tiene la competencia, se queda abajo, nosotros estamos arriba, hasta que lo diga la ley”, señaló. Víctor Fernández incidió que la posibilidad de declararse en suspensión de pagos apenas se tiene en cuenta. “La suspensión es un instrumento que apenas se utiliza, a pesar de los beneficios que aporta a la empresa. Entre muchas cosas buenas está que los trabajadores pueden acceder a las prestaciones y se le paralizan las cuotas a la empresa, circunstancia que facilita su supervivencia. No se utiliza como se debiera. Yo he tenido un caso y uno está en trámite”, indicó, y añadió: “Un trabajador tiene que pensar que si hay suspensión no cobrará su salario pero por ahora no peligrará su trabajo. Animo a que lo planteen a sus clientes”. Este magistrado explicó que ha llegado a la conclusión de que los tratados colectivos son modificaciones sustanciales. “Lo tramitamos como colectivo. Ante eso el trabajador tiene derecho a irse de la empresa”, explicó. También se refirió al “escabroso tema” de las resoluciones y de cuándo para algunos empieza el concurso. “Para unos es antes de la declaración del mismo y para otros después. ¿Qué criterios seguimos? Ni lo jueces nos ponemos de acuerdo. En 2007 a partir de la declaración del concurso es cuando se despliegan todos los efectos del concurso. Las demandas de acciones individuales no se acumulan en el juzgado de los mercantil”, puntualizó. Luego abordó la problemática de las indemnizaciones. “Los trabajadores no son tontos. Saben que si van a juicio pueden tener más beneficio. Para unificar doctrina el Tribunal Superior resuelve que a falta de acuerdo son 20 días. Se vela por los intereses universales”, dijo. Desde cuándo hay que empezar a contar ha sido modificado. “Desde la solicitud nos creaba un problema terrible. El tiempo parecía que no contaba y sí lo hacía. Se hace un trámite contradictorio. Ahora es desde la declaración de concurso. Una cosa está clara, hasta que la Administración Concursal no acepte la solicitud no puedo empezar a extinguir contratos”, explicó. Fernández fue tajante al afirmar que “al trabajador hay que darle una solución, no engañarle”. La estadística es devastadora en el concurso. “El 95 por ciento de las empresas va a liquidación. El porcentaje restante, el cinco, la mitad no cumple los convenios y las empresas también van a liquidación. Es raro que la empresa se salve. Es muy triste pero es así. Tiene que haber fluidez para que no huela el muerto”, opinó. Fernández concluyó dejando claro a los Graduados Sociales que una cosa es quién lo presenta y otra cómo discurre la Ley. “Si la Ley dice que hay que seguir un procedimiento, hay que seguirlo. Si se hace mal el trabajador, por ejemplo, puede quedarse sin créditos. Hay formalidades que se pueden saltar pero otras son impepinables”, finalizó.