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Dilluns, 29 de març de 2010
Noticias generales

Más de 2.400 empresas han aplazado sus pagos a la Seguridad Social en un año

Diario de Mallorca, 29 de marzo de 2010

La cifra prácticamente se ha duplicado en sólo 12 meses a causa del impacto de la crisis
F. GUIJARRO. PALMA. La dureza con que la crisis económica está golpeando a Balears se refleja en el hecho de que durante el pasado año 2.406 empresas de las islas tuvieron que solicitar un aplazamiento en el abono de sus cuotas pendientes a la Tesorería de la Seguridad Social, una cifra que prácticamente duplica la del ejercicio anterior, según los datos facilitados por el citado organismo. Los problemas que el tejido empresarial está teniendo para afrontar sus compromisos económicos se refleja en que en el año 2008 esos aplazamientos fueron conseguidos por 1.310 sociedades, una cifra que supuso un crecimiento del 13% respecto al ejercicio anterior. Pero en 2009 este último porcentaje se ha situado en un 83,6%. En el caso de 1.775 de esas empresas, la deuda aplazada durante el pasado año no alcanzaba un valor de 90.000 euros, pero éste se veía superado en el caso de 631. Hay que tener en cuenta que estas cifras corresponden a los aplazamientos autorizados por la Seguridad Social, ya que a 245 empresas la petición les fue denegada. El director provincial de la Tesorería, Antonio Comas, no oculta que en este momento se están dando facilidades en la concesión de las prorrogas, al asumir que la mala coyuntura económica está conllevando importantes problemas de liquidez para muchas sociedades, que además siguen teniendo dificultades para acceder al crédito, según se insiste desde las patronales isleñas.

Paralizar los embargos

Comas destacó la ventaja que para una empresa supone el hecho de que se aplace el pago de sus cuotas pendientes, al conllevar la paralización de la vía ejecutiva de cobro, por lo que dejan de buscarse bienes que puedan ser embargados, como cuentas corrientes, propiedades inmobiliarias o vehículos. Pero para conseguir esta ventaja es necesario cumplir con algunas condiciones. Así, cuando la deuda supera los 30.000 euros, se hace necesaria la presentación de garantías, como un aval bancario. Además, se señala que hay cuotas cuyo abono no puede ser aplazado, como las que ya han sido descontadas de las nóminas de los trabajadores, al igual que las correspondientes a enfermedades profesionales y accidentes laborrales. Si el empresario no las ha pagado, dispondrá de un mes para hacerlo una vez se le ha concedido el aplazamiento. Hay que tener en cuenta que estas demoras en los pagos se conceden sobre cantidades pendientes, no sobre las que se deben abonar en el futuro.