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Jueves, 18 de julio de 2013
Noticias generales

LOS COLEGIOS PROFESIONALES AFRONTAN UNA NUEVA ÉPOCA

SE LIMITA LA COLEGIACIÓN OBLIGATORIA A LAS PROFESIONES SANITARIAS, JURÍDICAS Y TÉCNICAS QUE EXIJAN VISADO. FAVORECE LA COMPETENCIA Y RESTRINGE LA CREACIÓN DE NUEVOS ÓRGANOS CON EL OBJETIVO DE DERRIBAR

DIARIO EXPANSION.
Fecha noticia 11/08/2013

La reforma de los Colegios y Servicios Profesionales ha sido uno de los caballos de batalla de este Gobierno y del anterior, urgidos por la presión de Bruselas y de otros organismos interacionales como la Comisión Europea, el Fondo Monetario y la OCDE para que acometieran la liberalización de los servicios profesionales. Tras la Ley Ómnibus y la Ley Paraguas, aprobadas bajo el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero, la Ley de Servicios y Colegios Profesionales clarifica el terreno de juego de estos órganos, aunque más adelante se verá ampliada por la modificación de diferentes leyes sectoriales y por el mismo trámite parlamentario que precederá a la aprobación definitiva del anteproyecto de Ley al que dio luz verde el Consejo de Ministros el 2 de agosto.



A día de hoy, el panorama que se dibuja para los Colegios Profesionales consta de tre ejes principales: se limita a 18 el número de profesiones en las que la colegiación es obligatoria, excluyendo a todas las actividades técnicas excepto las que tienen que ver con actividades que exigen visado; favorece una mayor competencia por determinados servicios adyacentes, como los seguros, y restringe la creación de nuevos órganos para reordenar el mapa. El Ejecutivo no puede revisar directamente la organización colegial, pero sí puede adoptar medidas de apoyo en un sentido u otro. El objetivo es que el número de Colegios Profesionales, actualmente en torno a los 1.650, quede rebajado a una horquilla que rondaría los 180-540.



Un propósito al que acompaña una finalidad económica que el propio ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, destacó cuando presentó el texto definitivo. Su Departamento calcula que la retirada de barreras profesionales mejorará el Producto Interior Bruto (PIB) en 7.000 millones, es decir, entre un 0,5% y un punto de PIB. Hay que tener en cuenta que la norma regula un sector que no es baladí, ya que los servicios profesionales representan el 9% del PIB, el 6% del empleo total y el 30% del empleo universitario. De ahí las fuertes presiones que, desde los distintos frentes, se produjeron durante la elaboración del anteproyecto, que sufrió cambios muy importantes desde los primeros borradores hasta el texto final. Una batalla que a buen seguro se volverá a repetir en el trámite parlamentario.



Abogados y procuradores

En el campo de la Justicia tendrán que colegiarse abogados, procuradores, graduados sociales, notarios y registradores. Sin embargo, los cambios más relevantes que para estas profesiones supone el anteproyecto de Ley afectan a abogados y procuradores, ya que fundamentalmente se elimina la incompatibilidad de ambas carreras. Ambas funciones podrán ejercerse de “forma simultánea” y, para ello, “sólo será necesaria la incorporación a un colegio profesional de abogados o de procuradores”.



El anteproyecto de Ley aprobado el día 2 en Consejo de Ministros modifica la Ley de 2006 de acceso a la abogacía y establece que el título de abogado habilitará “igualmente para realizar funciones de procurador cuando se realicen los actos de comunicación a las partes y aquellos otros actos de cooperación con la Administración de Justicia que autorice la ley”. Asimismo, contempla que el título de procurador “habilita para el desempleo de la asistencia letrada en aquellos procesos judiciales y extrajudiciales en los que la normativa imponga o faculte la intervención de abogado [...]”.



Otra de las claves que tiene que ver con el ejercicio de la abogacía está en la colegiación obligatoria a la que han de someterse aquellos profesionales que vayan a ejercer en el ámbito extrajudicial, con excepciones. Éste puede considerarse un cambio de última hora, ya que los borradores que precedieron al texto que alumbró el Consejo de Ministros establecían que sólo necesitarían estar colegiados aquellos abogados y procuradores que trabajaran ante “jueces y tribunales”. Algo que, finalmente, no es así.



El anteproyecto cita expresamente el “proceso extrajudicial” y la asistencia letrada o asesoramiento en derecho en representación de un tercero, con el que no tenga vínculo de naturaleza laboral”. También en el ámbito de la Justicia figura la creación de un registro de peritos judiciales para la inscripción en todos aquellos profesionales que cuenten con la debida habilitación. Hacerlo será un “requisito necesario” para la actuación de estos profesionales. Las corporaciones colegiales tendrán la obligación de remitir al Ministerio de Justicia la información de los solicitantes.