Miércoles, 5 de octubre de 2022
Noticias generales
Entrevista: Dª. Concepción Morales Vállez
Palma, 5 de octubre de 2022
- ¿La regulación del despido por causas objetivas ofrece suficiente seguridad jurídica o desde la judicatura se echa de menos una mayor especificidad de las causas?
Se que no voy a ser políticamente correcta con mi respuesta, pero no creo que sea necesaria una mayor especificidad de las causas, las causas están claras, y una definición abierta permite a los órganos judiciales adaptarnos rápidamente a la realidad de las cosas, que es infinitamente voluble y cambiante.
- ¿Cómo valora el mecanismo actual de los EREs para corregir los posibles desequilibrios estructu-rales de las empresas?
Yo en todas mis cursos, clases y ponencias desde hace mucho tiempo vengo defendiendo la flexi-bilidad interna frente a la externa como remedio de las empresas para subvenir a las necesidades coyunturales que toda empresa puede sufrir a lo largo de su vida, y la extinción de los contratos por causas objetivas, debe ser el ultimo recurso al que debe recurrir la empresa cuando su viabilidad este en peligro.
- Desde su punto de vista, ¿los ERTEs han funcionado como elemento de freno a los EREs?
Continuo con el razonamiento anterior, la norma siempre ha estado ahí a disponibilidad de los ope-radores jurídicos, pero no es un recurso muy utilizado, a pesar de las grandes ventajas que propor-ciona para adaptarse a las necesidades coyunturales que atraviesan las empresas a lo largo de su vida.
- ¿Qué mejoras regulatorias piensa que sería conveniente introducir en la regulación del despido por causas objetivas que otorgue seguridad jurídica y que ofrezca garantías suficientes a los traba-jadores?
Sinceramente, creo que no hace falta ninguna mejora, lo que hace falta es una mayor formación en la materia de todos los operadores jurídicos