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Miércoles, 27 de mayo de 2009
Noticias generales

El área jurídica de Hacienda limita el ataque a sociedades instrumentales

Expansión 27 de mayo de 2009

El deseo del Fisco de cargar contra el uso de estructuras fiscales para evitar el pago del IRPF y tributar por Sociedades ha topado con un informe interno que acota el ataque.
Publicado el 27-05-09 , por C. Cuesta / E. S. Mazo

El deseo del Fisco de cargar contra el uso de estructuras fiscales para evitar el pago del IRPF y tributar por Sociedades ha topado con un informe interno que acota el ataque.

La Agencia Tributaria abrió la veda. Las sociedades que habitualmente crean abogados, auditores o consultores y que sólo se usan, según la Inspección, para pagar menos impuestos por su remuneración debían ser combatidas.

Una nota de la Agencia Tributaria, a la que accedió EXPANSIÓN (ver ejemplar del pasado 1 de mayo) aseguraba que «el Departamento de Inspección Financiera y Tributaria está detectando la utilización indebida de ciertos mecanismos por parte de algunos profesionales, con el objeto de minorar la base imponible susceptible de ser gravada» y que debía actuarse para desarticular este mecanismo.

Pero el deseo de los equipos de la Inspección ha topado con un informe de la propia Subdirección General de Ordenación Legal y Asistencia Jurídica de la Agencia Tributaria (al que también ha accedido EXPANSIÓN). Es decir, de los equipos jurídicos de la Agencia. Y en ese informe, integrado por dos notas firmadas el pasado 11 de mayo, se ponen límites a estas actuaciones.

El tira y afloja afecta a las tradicionales sociedades de profesionales que prestan servicios de forma prioritaria a una sola compañía. Y que los inspectores defienden que son realmente una farsa montada con el objetivo de no pagar como asalariado de esa empresa -con un tipo máximo del 43% en el IRPF- sino como empresa -con un tipo máximo que generalmente se limita a un 25% por Sociedades-.

Así, frente a la arenga inicial de la Agencia Tributaria, ahora, los informes jurídicos señalan con claridad que se podrá actuar siempre y cuando «el artificio creado tiene por objeto defraudar la obligación principal [… y esté] ideado para eludir la tributación de los socios».

Puntos, todos ellos, que deben ser probados por los inspectores, de forma que la existencia de una mínima justificación real de negocio podría interponerse en las inspecciones. Incluso se llega a aludir a la exigencia de justificar la existencia de «connivencia y unidad de decisión» entre la empresa que paga y la sociedad supuestamente instrumental que recibe los pagos.

Es más, en esos casos, los servicios jurídicos recomiendan actuar sólo contra los receptores de los ingresos, no contra las empresas que pagan a estas sociedades, opción que los inspectores barajaban, ante «las sentencias del Tribunal Supremo […] que vedan la exigencia de la cuota por retenciones al retenedor». Los servicios jurídicos advierten además de que, en cualquier caso, sólo podría plantearse una única sanción «con el fin de evitar duplicidades o doble imposición, vedada por el Tribunal Supremo», con lo que las empresas que pagan a estas sociedades parecen quedar al margen de las inspecciones.

Respecto a los gastos que se justifican en estas sociedades, y que pueden estar siendo usados para reducir aún más el pago de impuestos, la nota inicial de la Agencia aludía a todo tipo de compras como barcos de recreo, pagos por servicio doméstico, colegios, etc, que no fuesen justificables claramente como gastos de la empresa, sino que sólo eran gastos privados.

Y ahora, de nuevo, el servicio jurídico acota el ataque al señalar que «únicamente es merecedora de sanción la debida deducción por parte de la sociedad interpuesta y/o del socio persona física de las referidas cuotas soportadas», evitando sanciones muy elevadas. Así, el área jurídica asegura que, con el fin de respetar la jurisprudencia del Supremo, debe limitarse la sanción a «restablecer la situación a como habría sido en ausencia de la citada práctica [la deducción considerada injustificable]».

Al Gobierno no le salen las cuentas. Los planes de Zapatero se han basado en aumentar el gasto, inyectando una presión sobre el presupuesto difícil de sostener. Al tiempo, los ingresos no dejan de caer: el IVA y el IRPF siguen en su particular caída libre, de forma que al Estado le faltan ya 6.550 millones, un agujero que en año y medio llegará a los 120.000 millones, según los últimos cálculos. Un escenario que ha obligado a la Agencia Tributaria a lanzarse a la acción y buscar cómo aumentar la recaudación.

La lucha contra las sociedades profesionales se suma a una batería de actuaciones que están incrementando notablemente la actividad de Hacienda. El punto de partida fue la decisión de multiplicar el personal dedicado a inspeccionar pymes y asalariados, que llegó de la mano de una reestructuración de la Agencia.

Un importante motivo de preocupación para un buen número de contribuyentes, sobre todo de aquellos con rentas hasta 4 millones de euros, y de negocios de reducida dimensión. Pero no son los únicos afectados. Desde que empezó la recesión, la lupa de la Agencia está examinando también a las empresas más grandes, a las compañías exportadoras más potentes, a las entidades sociales, a las exenciones fiscales de los partidos políticos, a los concesionarios... y un largo etcétera.

Incluso ha rescatado antiguas batallas, al cargar ahora contra los unit linked –que integran cestas de fondos de inversión ubicados en el extranjero–, una de las grandes alternativas que generaron los asesores tras el ataque fiscal a las sicav. La lista amenaza con incrementarse. La propia Agencia admitía en su plan de actuación para este ejercicio que la recesión «conllevará un cambio en las conductas fiscales de muchos sujetos, lo que requiere actuaciones que anticipen los riesgos fiscales que la nueva coyuntura y que las más recientes novedades legislativas puedan conllevar».