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Viernes, 18 de diciembre de 2009
Noticias generales

“Es muy importante tener la máxima documentación para poder cobrar las deudas”

Palma, 18 de diciembre de 2009

Los abogados Adalberto Guerrero y Diego Cabezuela disertaron sobre la morosidad, reclamación de honorarios por vía civil y laboral y jura de cuentas
El Il.lustre Col.legi de Graduats Socials de les Illes Balears consciente de la crisis mundial y de la incertidumbre económica que se padece actualmente, organizó en la sede corporativa una conferencia para explicar a todos los colegiados todos los aspectos vinculados con la morosidad, “por desgracia, un tema muy actual”, dijeron los ponentes. Los abogados del grupo jurídico Círculo Legal, Adalberto Guerrero y Diego Cabezuela, fueron los encargados de explicar todo lo relacionado en un caso de impago, en una conferencia patrocinada por Thomson Reuters Aranzadi y presentada por Francisco Javier Hernández, coordinador de cultura y formación del colegio.

Empezó Adalberto Guerrero, que se encargó de disertar sobre la documentación necesaria para reclamar un impago. “No tengan ninguna duda de que el primer problema que existe a la hora de reclamar un impago es el de la documentación que se tiene. Si disponemos de mucha documentación relevante todo irá bien, se agilizará el proceso y el coste de la reclamación”, dijo este letrado, que añadió: “El problema, por desgracia a veces muy común, viene cuando no tenemos documentos. Repito, de cómo está la documentación dependerá la suerte de la reclamación, además de ser todo el proceso mucho más rápido”.

Para Guerrero ante una deuda no hay que esperar. “Si la documentación es importante, también lo es actuar rápido. Claro, aquí entra que si no tienes la documentación y la tienes que preparar pierdes un tiempo crucial”, dijo. Sobre la documentación que se debe de aportar, este ponente indicó: “Los papeles a presentar son varios. Se tiene que aportar un contrato entre dos personas, ‘yo te doy un servicio y tú me pagas’. Este contrato puede tener varios nombres como hoja de encargo, albarán o pedido. La palabra contrato se reserva para relaciones más formales. Este formalismo acredita que se ha hecho una relación comercial”, explicó.

Guerrero desglosó todo lo concerniente a la documentación del crédito, como los cheques, pagarés, letras de cambio y recibos. “Actualmente existen tres documentos importantes en el tráfico mercantil, la letra de cambio, el pagaré y el cheque. Cada uno goza de un procedimiento específico. La letra de cambio hace muchos años que no veo ni una, y mira que se hicieron. Están casi desaparecidas del mercantilismo desde 1993. Es un documento que tiene cierta complejidad, muchas cláusulas y timbrado. Tiene que ser siempre nominativo y no admite tachaduras. El paguaré –prosigue- es el documento que más se utiliza. Tiene todas las ventajas de las letras de cambio pero sin sus inconvenientes. Además, lo puede rellenar cualquiera. Es más sencillo y no tiene timbre ni ningún coste. Una cosa importante, nunca deben hacer pagarés al portador, a no ser que no lo quieran pagar. Siempre debe ser nominativo. Esto es un error que se comete con frecuencia. Por último, existe el cheque. Antes se utilizaba más, tenía mucha fuerza penal, sobre todo si no tenía fondos, pero ahora eso ya no es delito. El cheque es más simple, no tiene fecha de vencimiento y una de las ventajas es que los puedes emitir al portador”.

Guerrero indicó a los presentes que si el cheque no tiene fondos el banco está obligado a pagar lo que haya en la cuenta corriente en esos momentos. Lo deben de hacer. Bien distinto es si lo quieren hacer o no. Si hubiera negativa por parte de la entidad bancaria que nos den por escrito esa negativa”, apuntó.

Por su parte, Diego Cabezuela se encargó de exponer el procedimiento judicial en una deuda. “La legislación que tenemos es razonablemente buena, pero los jueces no pueden evitar la insolvencia. Si un moroso no tiene, pues no tiene. Pero yo les aconsejo que ustedes no desfallezcan y agoten todas las posibilidades que tengan a su alcance”, señaló, y prosiguió: “Piensen que hoy en día los juzgados tienen un sistema que les dice los bienes que tiene cada persona en cualquier parte. Estos procesos se han agilizado muchísimo en comparación con los últimos años”.

Sobre el plazo para pagar, manifestó: “Si ambas partes no han especificado nada al respecto, son 30 días. Si les ponen a pagar en 30, 60 ó 90 días tiene que haber una razón ya que si no se puede impugnar.”.

Cabezuela indicó que la Ley de Morosidad fue creada en “tiempos de bonanza”, en el año 2004. “Hasta hace poco las cosas funcionaban bien pero en el último periodo se nota la crisis. Piensen que en los procesos de insolvencia lo que más preocupa a los demandantes es poder percibir todo o parte de la deuda. Se pueden conseguir cosas si hay tenacidad. También les digo la importancia que tiene que estén aconsejados por un profesional. En ocasiones son procesos muy complejos y la persona si va sola se puede perder con tanto papeleo”, expuso.

Por último Diego Cabezuela señaló la importancia del embargo. “Marca el resultado del crédito. Es muy importante no descuidarse y que se sepa perfectamente lo que se ha embargado y su valor”, concluyó.