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Jueves, 25 de marzo de 2010
Noticias generales

Condenados cinco responsables de una obra por la caída de un peón que quedó tetrapléjico en Pollença

Diario de Mallorca, 25 de marzo de 2010

El juez impone penas que suman once años de cárcel por importantes deficiencias en la seguridad
B.P. / M.O.I. PALMA. Cinco responsables de una obra del Port de Pollença –el constructor, el encargado y tres arquitectos– han sido condenados a penas que suman más de once años de prisión por la caída de un peón que quedó tetrapléjico en 2005. La sentencia asegura que la construcción no contaba con las medidas de seguridad necesarias para evitar el accidente y que la víctima, que se precipitó por el hueco de un ascensor, trabajaba allí de forma irregular. Tres de los acusados han sido condenados a penas superiores a dos años, que deberán cumplir en caso de que el fallo, todavía recurrible, sea firme. El accidente se produjo el 29 de marzo de 2005 en un edificio en construcción de la calle Vicenç Buades. La víctima, un obrero rumano que tenía entonces 25 años, cayó por el hueco del ascensor cuando trabajaba en la tercera planta, desde una altura de unos 15 metros. La caída le produjo lesiones medulares muy graves y el joven quedó tetrapléjico, por lo que actualmente precisa cuidados continuos. De acuerdo con el fallo judicial, el propietario de la empresa constructora y el encargado de la obra dieron órdenes al resto de peones para que declararan ante la Guardia Civil que la víctima no trabajaba allí, sino que había acudido a visitar a su padre. La sentencia declara probado que a pesar de que en la obra había arneses a disposición de los trabajadores, estos no recibieron cursos ni charlas sobre la forma de colocárselos ni en qué situaciones debían utilizarlos, además de no existir anclajes donde engancharlos ni redes de protección en el hueco por el que se precipitó el trabajador. El fallo da por hecho además que la víctima llevaba trabajando unos ocho meses para la empresa constructora sin haber sido dado de alta en la Seguridad Social y que no había recibido ninguna formación sobre cómo llevar a cabo los trabajos ni las medidas de seguridad que debía adoptar. Según la sentencia, la empresa tampoco había realizado un plan de evaluación general de riesgos.

Penas de cumplimiento

La sentencia impone penas de dos años y medio de cárcel para el capataz de la obra y los dos arquitectos que ejercían de coordinadores de seguridad, así como dos años y un día para el director técnico del proyecto. Los cuatro deberán cumplir estas penas si la sentencia es ratificada. Por su parte, el constructor, defendido por el letrado Jaime Campaner, ha sido condenado a un año y nueve meses de cárcel. El juez, que ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas, inhabilita a los cinco condenados para ejercer sus funciones durante el tiempo de la condena y ordena que indemnicen a la víctima con 1.200.000 euros por los daños físicos y morales.