El Tribunal de Justicia de Galicia declara válida la extinción del contrato durante la prueba de una empleada encinta porque la empresa conocía su estado cuando la contrató, y a pesar de la doctrina que dicta que estos despidos son siempre nulos.
Más papeleo. El Ministerio de Economía y Hacienda no quiere que a sus maltrechas arcas se les fugue ni un euro de más. Por eso ha fortalecido los requisitos para que las empresas acrediten las retenciones de sus socios y asalariados en el IRPF, así como su sujeción a exenciones por vivienda habitual o por hijos.
C. C., una mujer tetrapléjica de 31 años, podrá cobrar una pensión de gran invalidez al tiempo que percibe su salario como trabajadora de una organización que ayuda a los discapacitados. El Tribunal Supremo ha avalado la coexistencia de estas dos rentas argumentando que la trabajadora puede realizar actividades compatibles con su invalidez. La sentencia, notificada el pasado 11 de noviembre, sienta jurisprudencia.