Entrevista:
Sr. Adrià Fortuny – Graduado Social y Abogado,
Socio y Gerente de Fortuny & Associats.
Con motivo de la XII Jornada Laboralista de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de Baleares, conversamos con Adrià Fortuny, ponente que se estrena en esta edición con la sesión “Aspectos prácticos ante un despido disciplinario”.
CGSIB_: Es su primera participación en la XII Jornada Laboralista de las Islas Baleares: ¿qué significa para usted y qué mensaje le gustaría dejar?
AF_: Pues en primer lugar, es un honor tener la oportunidad de debutar como ponente y más si es con otros profesionales con tanta experiencia y relevancia en el marco nacional.
Me gustaría dejar el mensaje que, aunque sólo lleve 12 años de ejercicio, los jóvenes también tenemos nuestro enfoque particular sobre la forma de encauzar las materias. Por eso creo que es muy acertado que se nos de un pequeño espacio en las jornadas, y animo a mis compañeros a que no desaprovechen la oportunidad que se les pueda brindar.
CGSIB_: Cuando el despido disciplinario se apoya en “pruebas digitales” (WhatsApp, GPS, correo corporativo,…), ¿cuál es la línea roja entre una obtención lícita y una intromisión que puede llevar a la nulidad?
AF_: Es un tema muy delicado en el que el empresario o el departamento de RRHH, deben tener muy controlados los consentimientos expresos de sus empleados y en la medida de los posible, que las herramientas siempre sean de la empresa.
CGSIB_: ¿Cómo decidir si una falta merece sanción menor o ya justifica el despido?
AF_: La potestad de graduar una falta, corresponde exclusivamente al empresario, con los marcos que se le establecen en cuanto a la tipicidad y gravedad de la misma en el Convenio Colectivo correspondiente, o incluso en el régimen disciplinario interno de la empresa.
CGSIB_: Cuando el caso es dudoso, ¿qué aconseja: negociar, ir a SMAC o llegar a juicio, y por qué?
AF_: Soy partidario de la vieja dicha “Mas vale un mal acuerdo, que un buen pleito”, muchas veces el orgullo y los egos de las partes alargan el procedimiento innecesariamente, a costa de todos.
CGSIB_: En teletrabajo, ¿qué pruebas de bajo rendimiento son válidas sin vulnerar la privacidad?
AF_: Hay muchas formas de aplicar criterios comparativos con el objetivo de evidenciar la bajada de rendimiento o que no se llega a los objetivos mínimos, por ello acudir a prácticas o pruebas, obtenidas sin respetar la privacidad del trabajador, pienso que sólo puede ser causa de desespero debido a que hay otros motivos detrás.
CGSIB_: ¿Qué consejo general daría a los graduados sociales que tienen que afrontar una consulta o caso relacionado con esta materia?
AF_: Que “eduquen” a los clientes en esta materia, pues si éstos son rigurosos y precavidos en el área disciplinaria, no solamente les podría ahorrar dinero y dolores de cabeza, sino que también nos ayudarán a nosotros a defender mejor el proceso.